Legislación › Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales.
ANEXO 4
ANEXO 4
Diagnóstico de perineumonía contagiosa bovina
A) Reacción de fijación del complemento de Campbell y Turner para la detección de anticuerpos en muestras de suero sanguíneo
1. Se trata de una técnica de fijación de complemento en caliente que requiere los siguientes elementos:
a) Sistema hemolítico obtenido por la mezcla de volúmenes iguales de un suero hemolítico que contiene 12 unidades hemolíticas 50 por 100 y una suspensión de hematíes de carnero al 6 por 100.
b) Solución de complemento de cobaya que contiene 2,5 unidades.
c) Solución de antígeno de Campbell y Turner que contiene dos unidades.
d) Diluciones de los sueros en prueba (1/10, 1/20, etcétera).
2. Los sueros deben ser inactivados como se detalla en el apartado 3 de la sección sección B del anexo 2 del presente Real Decreto.
3. Cada vez que se realice la prueba se efectuarán los siguientes controles:
a) Control del efecto anticomplementario del suero.
b) Control del antígeno.
c) Control del sistema hemolítico.
d) Control del complemento de cobaya.
e) Control, con la ayuda de un suero positivo, de la sensibilidad al desencadenamiento de la reacción.
f) Control, con la ayuda de un suero negativo, de la especificidad.
4. Criterio de interpretación:
a) Se considerará positivo todo suero que diluido a 1/10 fije completamente el complemento (1/10++++).
b) Los sueros que diluidos a 1/10 fijen parcialmente el complemento, se considerarán sospechosos.
5. El suero patrón positivo a la prueba de Reacción de Fijación de Complemento de Campbell y Turner será preparado por el Laboratorio Nacional de Referencia de micoplasmosis animales, de acuerdo con las recomendaciones del Laboratorio Europeo de Referencia.
B) (suprimido)
Se suprime el apartado B) y se sustituye la referencia a "centro nacional de referencia" por "laboratorio nacional de referencia" por la disposición final 1.1 y 5 del Real Decreto 682/2026, de 26 de agosto. BOE-A-2026-20270
Redactado el apartado A).2 conforme la corrección de errores publicada en BOE núm. 97, de 23 de abril de 1997. BOE-A-1997-8673
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de octubre de 2026 En vigor | BOE-A-2026-20270 | Leer | Qué cambió |
| 22 de diciembre de 1996 | Texto original | Leer |


