Legislación › Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario.
Artículo 138. Organización del trabajo productivo.
Artículo 138. Organización del trabajo productivo.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.2.b) del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio. BOE-A-2001-13171
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de julio de 2001 En vigor | BOE-A-2001-13171 | Leer | Qué cambió |
| 25 de mayo de 1996 | Texto original | Leer |


