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Real Decreto 157/1996, de 2 de febrero, por el que se dispone la actualización mensual del censo electoral y se regulan los datos necesarios para la inscripción en el mismo.
En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 20 de febrero de 1996 · Último cambio el 26 de marzo de 2011 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo 1. Procedimiento para la actualización mensual del censo electoral. 2 redacciones · cambió el 26/03/2011
- Artículo 2. Datos necesarios para la inscripción en el censo electoral. 3 redacciones · cambió el 26/03/2011
- Artículo 3. Información del Registro Civil 2 redacciones · cambió el 26/03/2011
- Artículo 4. Información referida a inhabilitados. 2 redacciones · cambió el 26/03/2011
- Disposición transitoria única. Implantación del censo electoral de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Sufragación de los gastos.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


