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Legislación › Orden de 22 de febrero de 1996 para la aplicación y desarrollo del Reglamento General de la Gestión Financiera de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1391/1995, de 4 de agosto.

Artículo 18. Pagos de pensiones y otras prestaciones económicas a través de Graduados Sociales y Administradores de Residencias de Pensionistas.

Artículo 18. Pagos de pensiones y otras prestaciones económicas a través de Graduados Sociales y Administradores de Residencias de Pensionistas.

(Derogado)

Se deroga en la forma indicada por la disposición derogatoria única de la Orden TAS/763/2007, de 23 de marzo. BOE-A-2007-6606.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de marzo de 2007 En vigor BOE-A-2007-6606 Leer Qué cambió
1 de marzo de 1996 Texto original Leer

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