Legislación › Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses.
Artículo 88. Anotación de las sanciones disciplinarias.
Artículo 88. Anotación de las sanciones disciplinarias.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 796/2005, de 1 de julio. BOE-A-2005-12703.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de julio de 2005 En vigor | BOE-A-2005-12703 | Leer | Qué cambió |
| 2 de marzo de 1996 | Texto original | Leer |


