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Legislación › Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los servicios de información administrativa y atención al ciudadano.

Artículo 17. Composición.

Artículo 17. Composición.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.b) del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio. BOE-A-2005-14836.

Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria única.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 75, de 27 de marzo de 1996. BOE-A-1996-6964

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
4 de septiembre de 2005 En vigor BOE-A-2005-14836 Leer Qué cambió
5 de marzo de 1996 Texto original Leer

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