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Legislación › Real Decreto 864/1997, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo procedente de los bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados.

Disposición final primera. Habilitación normativa.

Disposición final primera. Habilitación normativa.

Se habilita a los Ministros de Economía y Hacienda y del Interior para que, en su ámbito competencial respectivo, dicten cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de lo establecido en el Reglamento que se aprueba por el presente Real Decreto.

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