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Legislación › Ley Foral 19/1996, de 4 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de Navarra y de los altos cargos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 7. Registro de actividades e intereses de altos cargos del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 7. Registro de actividades e intereses de altos cargos del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

1. Para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley Foral se crea el Registro de actividades e intereses de altos cargos del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

2. El Registro de actividades e intereses de altos cargos del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra constará de dos Secciones:

a) Registro de Actividades, que tendrá carácter público, y donde se inscribirán las declaraciones y actos a que se refiere el artículo 11 de esta Ley Foral.

b) Registro de Bienes y Derechos Patrimoniales, que tendrá carácter reservado, y donde se inscribirán las declaraciones y actos a que se refieren los artículos 12 y 13 de esta Ley Foral.

Se modifica por el art. 1.3 de la Ley Foral 10/2007, de 4 de abril. BOE-A-2007-9422

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de abril de 2007 En vigor BOE-A-2007-9422 Leer Qué cambió
9 de noviembre de 1996 Texto original Leer

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