Legislación › Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
ANEXO I
ANEXO I
Riesgos en relación con las partes del cuerpo que se deben proteger con los EPI (*)
(*) No se puede esperar que esta lista de riesgos/partes del cuerpo sea exhaustiva.
La evaluación de riesgos determinará la necesidad de suministrar un EPI y sus características de acuerdo con las disposiciones de este real decreto.
Riesgos
Se modifica por el art. único.5 del Real Decreto 1076/2021, de 7 de diciembre. BOE-A-2021-20261
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de diciembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-20261 | Leer | Qué cambió |
| 12 de agosto de 1997 | Texto original | Leer |


