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Legislación › Ley 7/1996, de 3 de diciembre, de Creación del Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León.

Artículo 8.

Artículo 8.

(Derogado).

Se deroga por la disposición derogatoria.2 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo. BOE-A-2006-10085

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de mayo de 2006 En vigor BOE-A-2006-10085 Leer Qué cambió
10 de diciembre de 1996 Texto original Leer

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