Legislación › Orden de 19 de junio de 1997 por la que se desarrolla el Real Decreto 575/1997, de 18 de abril, que modifica determinados aspectos de la gestión y del control de la prestación económica de la Seguridad Social por incapacidad temporal.
ANEXOS
ANEXOS
Anexo I: Partes médicos de baja/alta de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes.
Anexo II: Partes médicos de confirmación de la baja, derivada de contingencias comunes.
Anexo III: Partes médicos de baja/alta de incapacidad temporal, derivada de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
Anexo IV: Partes médicos de confirmación de la baja, derivada de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
Anexo V: Comunicación de la intención del facultativo del Instituto Nacional de la Seguridad Social de expedir el parte médico de alta de incapacidad temporal por contingencias comunes y partes médicos de alta por incapacidad temporal por contingencias comunes (a expedir por los facultativos adscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social).
Anexo VI: Comunicación de la intención del facultativo del Instituto Nacional de la Seguridad Social de expedir el parte médico de alta de incapacidad temporal por contingencias profesionales y partes médicos de alta de incapacidad temporal por contingencias profesionales (a expedir por los facultativos adscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social).
Se añade anexos V y VI por el art. único.6 de la Orden de 18 de septiembre de 1998. BOE-A-1998-22294.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de septiembre de 1998 En vigor | BOE-A-1998-22294 | Leer | Qué cambió |
| 25 de junio de 1997 | Texto original | Leer |


