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Legislación › Orden de 19 de junio de 1997 por la que se desarrolla el Real Decreto 575/1997, de 18 de abril, que modifica determinados aspectos de la gestión y del control de la prestación económica de la Seguridad Social por incapacidad temporal.

ANEXOS

ANEXOS

Anexo I: Partes médicos de baja/alta de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes.

Anexo II: Partes médicos de confirmación de la baja, derivada de contingencias comunes.

Anexo III: Partes médicos de baja/alta de incapacidad temporal, derivada de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

Anexo IV: Partes médicos de confirmación de la baja, derivada de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

Anexo V: Comunicación de la intención del facultativo del Instituto Nacional de la Seguridad Social de expedir el parte médico de alta de incapacidad temporal por contingencias comunes y partes médicos de alta por incapacidad temporal por contingencias comunes (a expedir por los facultativos adscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social).

Anexo VI: Comunicación de la intención del facultativo del Instituto Nacional de la Seguridad Social de expedir el parte médico de alta de incapacidad temporal por contingencias profesionales y partes médicos de alta de incapacidad temporal por contingencias profesionales (a expedir por los facultativos adscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social).

Se añade anexos V y VI por el art. único.6 de la Orden de 18 de septiembre de 1998. BOE-A-1998-22294.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de septiembre de 1998 En vigor BOE-A-1998-22294 Leer Qué cambió
25 de junio de 1997 Texto original Leer

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