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Legislación › Ley 3/1997, de 1 de julio, de Creación de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Disposición final primera. Financiación.

Disposición final primera. Financiación.

La Universidad Pablo de Olavide, desde el momento de su creación, dispondrá de financiación con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma, gozando de participación independiente, como el resto de las Universidades de Andalucía, del presupuesto establecido para las enseñanzas universitarias.

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