Legislación › Orden de 23 de julio de 1997 por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte discrecional y privado complementario de viajeros en autobús.
Disposición final segunda.
Disposición final segunda.
Esta Orden entrará en vigor el día 1 de julio de 1998. No obstante, no se otorgarán nuevas autorizaciones de transporte público discrecional de viajeros en autobús referidas a autobús concreto a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».


