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Legislación › Ley 6/1997, de 8 de julio, del Suelo Rústico de las Islas Baleares.

Artículo 22. Actividades vinculadas a los usos recreativos, educativos, culturales y científicos efectuados en el marco de la legislación ambiental.

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Artículo 22. Actividades vinculadas a la explotación los usos recreativos, educativos, culturales y a científicos efectuados en el marco de la conservación del medio natural. legislación ambiental.
1. Las actividades vinculadas a los usos a los que se refieren los puntos 1.a) recreativos, educativos, culturales y 1.b) del artículo 21 científicos efectuados en el marco de esta ley, la legislación ambiental que no comporten actuaciones de edificación, tendrán el carácter de actividades amparadas en las facultades que prevé el supuesto 1.a) del artículo 11 de la ley presente, 11, y se efectuarán efectuarán, por lo tanto tanto, fuera del ámbito de la competencia competencial de esta ley.
2. Tendrán el carácter de edificios e instalaciones vinculados a las actividades señaladas en el punto 1.a) del artículo 21 de esta ley los regulados por su normativa sectorial, sin perjuicio de la tramitación que prevea la matriz de ordenación del suelo rústico de la Ley 6/1999, de 3 de abril, de las directrices de ordenación territorial de las Illes Balears. Cuando comporten el uso de vivienda unifamiliar se tendrán que someter a los mismos trámites y cumplir idénticas condiciones que las determinadas por esta ley para las estas actividades vinculadas al uso comporten actuaciones de vivienda unifamiliar.
3. Cuando las actividades a las
edificación que se refiere el punto 1.b) del artículo 21 de esta ley no se efectúen estén previstas en ejecución de un plan especial o de un plan de los previstos en la legislación ambiental, previamente al desarrollo o a la ejecución, se tendrán que declarar instrumentos de planificación territorial, urbanística y medioambiental, deberán ser declaradas de interés general de acuerdo conformidad con el procedimiento señalado lo previsto en el artículo 26 de la ley presente. 26.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de enero de 2016 En vigor BOE-A-2016-2225 Leer Qué cambió
23 de enero de 2016 BOE-A-2016-2226 Leer Qué cambió
12 de enero de 2015 BOE-A-2015-951 Leer Qué cambió
18 de abril de 1999 BOE-A-1999-11707 Leer Qué cambió
16 de julio de 1997 Texto original Leer

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