Legislación › Ley 6/1997, de 8 de julio, del Suelo Rústico de las Islas Baleares.
Artículo 23. Actividades vinculadas a los usos complementarios de la explotación tradicional.
Artículo 23. Actividades vinculadas a los usos complementarios de la explotación tradicional.
(Derogado).
Se deroga por la disposición derogatoria única.a) de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre. BOE-A-2015-951.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de enero de 2015 En vigor | BOE-A-2015-951 | Leer | Qué cambió |
| 16 de julio de 1997 | Texto original | Leer |


