Legislación › Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
Artículo 53. Confidencialidad.
Artículo 53. Confidencialidad.
Fuera de los supuestos contemplados en el artículo anterior, los datos de carácter personal del Registro de Población de Navarra son confidenciales y el acceso a los mismos se regirá por lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE: Reglamento general de protección de datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos y garantía de los derechos digitales.
Se modifica por la disposicion final 1.15 de la Ley Foral 5/2021, de 10 de mayo. BOE-A-2021-9237
Se añade por la disposición final 1 de la Ley Foral 19/2010, de 23 de noviembre. BOE-A-2010-19962
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de mayo de 2021 En vigor | BOE-A-2021-9237 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2011 | BOE-A-2010-19962 | Leer |


