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Legislación › Ley 8/1997, de 20 de agosto, de accesibilidad y supresión de barreras en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 40. Órganos competentes para la imposición de las sanciones.

Artículo 40. Órganos competentes para la imposición de las sanciones.

1. Se crea la Comisión Técnica de Accesibilidad como órgano administrativo competente para la tramitación de los expedientes sancionadores derivados de la presente Ley.

(Apartado 2 derogado)

Se deroga, excepto el apartado 1, párrafo primero, con efectos desde el 17 de marzo de 2015, por la disposición derogatoria única de la Ley de 3 de diciembre de 2014. BOE-A-2015-2604

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
17 de marzo de 2015 En vigor BOE-A-2015-2604 Leer Qué cambió
29 de noviembre de 1997 Texto original Leer

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