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Ley 8/1997, de 20 de agosto, de accesibilidad y supresión de barreras en la Comunidad Autónoma de Galicia.
En vigor Comunidad Autónoma de Galicia · Publicada el 3 de octubre de 1997 · Último cambio el 17 de diciembre de 2014 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Niveles de accesibilidad.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 5. Accesibilidad en espacios públicos.
- Artículo 6. Itinerarios.
- Artículo 7. Parques, jardines y espacios libres públicos.
- Artículo 8. Aparcamientos.
- Sección 2
- Artículo 9. Elementos de urbanización.
- Sección 3
- Artículo 10. Señales y elementos verticales.
- Artículo 11. Otros elementos de mobiliario urbano.
- Artículo 12. Protección y señalización de obras en la vía pública.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 13. Accesibilidad en edificios de uso público.
- Artículo 14. Reserva de plazas de aparcamientos.
- Artículo 15. Accesos al interior de los edificios.
- Artículo 16. Comunicación horizontal.
- Artículo 17. Movilidad vertical.
- Artículo 18. Aseos.
- Artículo 19. Reserva de espacios.
- Artículo 20. Servicios e instalaciones.
- Artículo 21. Controles de ejecución.
- Sección 2
- Artículo 22. Accesibilidad en edificios de titularidad privada y uso residencial.
- Artículo 23. Accesibilidad en otros edificios de titularidad pública y uso residencial.
- Sección 3
- Artículo 24. Reserva de viviendas adaptadas.
- Artículo 25. Garantías para la realización de obras de adaptación.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 26. Accesibilidad en los transportes públicos.
- Sección 2
- Artículo 27. Tarjetas de accesibilidad.
- Artículo 28. Expedición de las tarjetas de accesibilidad.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 29. Accesibilidad de los sistemas de comunicación y señalización.
- TÍTULO III
- Artículo 30. Fondo para la supresión de barreras.
- Artículo 31. Dotaciones del fondo.
- Artículo 32. Destino del fondo.
- TÍTULO IV
- Artículo 33. Licencias y autorizaciones.
- Artículo 34. Visado de proyectos técnicos.
- Artículo 35. Barreras en el transporte y en la comunicación.
- TÍTULO V
- Artículo 36. Infracciones.
- Artículo 37. Sanciones.
- Artículo 38. Graduación de las sanciones.
- Artículo 39. Responsabilidades.
- Artículo 40. Órganos competentes para la imposición de las sanciones. 2 redacciones · cambió el 17/12/2014
- Artículo 41. Procedimiento sancionador.
- Artículo 42. Destino de las sanciones.
- Artículo 43. Prescripción.
- TÍTULO VI
- Artículo 44. Consejo Gallego para la Promoción de la Accesibilidad y la Supresión de Barreras. 2 redacciones · cambió el 17/12/2014
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- [firma]
- ANEXO


