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Ley 8/1997, de 20 de agosto, de accesibilidad y supresión de barreras en la Comunidad Autónoma de Galicia.

En vigor Comunidad Autónoma de Galicia · Publicada el 3 de octubre de 1997 · Último cambio el 17 de diciembre de 2014 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. TÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto de la Ley.
  5. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  6. Artículo 3. Definiciones.
  7. Artículo 4. Niveles de accesibilidad.
  8. TÍTULO II
  9. CAPÍTULO I
  10. Sección 1
  11. Artículo 5. Accesibilidad en espacios públicos.
  12. Artículo 6. Itinerarios.
  13. Artículo 7. Parques, jardines y espacios libres públicos.
  14. Artículo 8. Aparcamientos.
  15. Sección 2
  16. Artículo 9. Elementos de urbanización.
  17. Sección 3
  18. Artículo 10. Señales y elementos verticales.
  19. Artículo 11. Otros elementos de mobiliario urbano.
  20. Artículo 12. Protección y señalización de obras en la vía pública.
  21. CAPÍTULO II
  22. Sección 1
  23. Artículo 13. Accesibilidad en edificios de uso público.
  24. Artículo 14. Reserva de plazas de aparcamientos.
  25. Artículo 15. Accesos al interior de los edificios.
  26. Artículo 16. Comunicación horizontal.
  27. Artículo 17. Movilidad vertical.
  28. Artículo 18. Aseos.
  29. Artículo 19. Reserva de espacios.
  30. Artículo 20. Servicios e instalaciones.
  31. Artículo 21. Controles de ejecución.
  32. Sección 2
  33. Artículo 22. Accesibilidad en edificios de titularidad privada y uso residencial.
  34. Artículo 23. Accesibilidad en otros edificios de titularidad pública y uso residencial.
  35. Sección 3
  36. Artículo 24. Reserva de viviendas adaptadas.
  37. Artículo 25. Garantías para la realización de obras de adaptación.
  38. CAPÍTULO III
  39. Sección 1
  40. Artículo 26. Accesibilidad en los transportes públicos.
  41. Sección 2
  42. Artículo 27. Tarjetas de accesibilidad.
  43. Artículo 28. Expedición de las tarjetas de accesibilidad.
  44. CAPÍTULO IV
  45. Artículo 29. Accesibilidad de los sistemas de comunicación y señalización.
  46. TÍTULO III
  47. Artículo 30. Fondo para la supresión de barreras.
  48. Artículo 31. Dotaciones del fondo.
  49. Artículo 32. Destino del fondo.
  50. TÍTULO IV
  51. Artículo 33. Licencias y autorizaciones.
  52. Artículo 34. Visado de proyectos técnicos.
  53. Artículo 35. Barreras en el transporte y en la comunicación.
  54. TÍTULO V
  55. Artículo 36. Infracciones.
  56. Artículo 37. Sanciones.
  57. Artículo 38. Graduación de las sanciones.
  58. Artículo 39. Responsabilidades.
  59. Artículo 40. Órganos competentes para la imposición de las sanciones. 2 redacciones · cambió el 17/12/2014
  60. Artículo 41. Procedimiento sancionador.
  61. Artículo 42. Destino de las sanciones.
  62. Artículo 43. Prescripción.
  63. TÍTULO VI
  64. Artículo 44. Consejo Gallego para la Promoción de la Accesibilidad y la Supresión de Barreras. 2 redacciones · cambió el 17/12/2014
  65. Disposición adicional primera.
  66. Disposición adicional segunda.
  67. Disposición adicional tercera.
  68. Disposición adicional cuarta.
  69. Disposición adicional quinta.
  70. Disposición adicional sexta.
  71. Disposición transitoria primera.
  72. Disposición transitoria segunda.
  73. Disposición derogatoria.
  74. Disposición final primera.
  75. Disposición final segunda.
  76. [firma]
  77. ANEXO