Legislación › Ley 2/1997, de 30 de mayo, de Actividades Feriales de Castilla-La Mancha.
Artículo 6. Seguridad y orden público.
Artículo 6. Seguridad y orden público.
El organizador de la actividad ferial estará obligado a mantener el orden público dentro del recinto ferial y garantizar el cumplimiento de la normativa aplicable a la seguridad de las personas, los productos, las instalaciones y el medio ambiente.


