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Legislación › Ley 2/1997, de 30 de mayo, de Actividades Feriales de Castilla-La Mancha.

Artículo 6. Seguridad y orden público.

Artículo 6. Seguridad y orden público.

El organizador de la actividad ferial estará obligado a mantener el orden público dentro del recinto ferial y garantizar el cumplimiento de la normativa aplicable a la seguridad de las personas, los productos, las instalaciones y el medio ambiente.

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