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Legislación › Ley 7/1997, de 3 de octubre, de creación de la Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 9. El Consejo de Administración.

Artículo 9. El Consejo de Administración.

1. Es el órgano superior de Gobierno de la entidad y está integrado por el Presidente, el Vicepresidente, el Gerente y un número de personas que reglamentariamente se determinen.

2. Su composición, funciones y normas de funcionamiento se determinarán reglamentariamente.

Se modifica por el art. 25.12 de la Ley 10/2003, de 19 de diciembre. BOE-A-2004-3068

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2004 En vigor BOE-A-2004-3068 Leer Qué cambió
10 de octubre de 1997 Texto original Leer

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