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Legislación › Ley 7/1997, de 3 de octubre, de creación de la Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 9. El Consejo de Administración.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de octubre de 1997 y la del 1 de enero de 2004. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 9. El Consejo de Dirección. Administración.
1. Es el órgano superior de Gobierno de la entidad y está integrado por el Presidente, el Vicepresidente, el Director Gerente y un número de personas que reglamentariamente se determinen.
2. Su composición, funciones y normas de funcionamiento se determinarán reglamentariamente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2004 En vigor BOE-A-2004-3068 Leer Qué cambió
10 de octubre de 1997 Texto original Leer

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