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Legislación › Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos.

Disposición adicional primera. Norma básica.

Disposición adicional primera. Norma básica.

Lo dispuesto en el presente Real Decreto tiene la condición de norma básica de acuerdo con lo establecido en el artículo 149.1.16.ª de la Constitución, en relación con el artículo 40.2, 5 y 6 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y con la disposición adicional tercera de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento.

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