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Legislación › Ley 18/1996, de 27 de diciembre, de Relaciones con las Comunidades Catalanas del Exterior.

Artículo 15.

Artículo 15.

Se crea el Consejo de Comunidades Catalanas como órgano asesor y colegiado de consulta y participación externa de los casals, agrupaciones y centros catalanes de todo el mundo, con las funciones y composición establecidas por la presente Ley.

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