Legislación › Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales en materia de Hacienda Pública, contratación administrativa, patrimonio, función pública y asistencia jurídica a entidades de derecho público.
Artículo 9. Sujetos pasivos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1997 y la del 1 de enero de 2000.
Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras).
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Artículo 9. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de esta tasa quienes soliciten la inscripción en las convocatorias para la realización de los las pruebas teóricas y/o prácticas, exámenes y cursos señalados en el artículo anterior.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2000 En vigor | BOE-A-2000-1973 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1997 | Texto original | Leer |


