Legislación › Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Artículo 15. Hechos constitutivos de infracción.
Artículo 15. Hechos constitutivos de infracción.
1. Se consideran infracciones muy graves del régimen de incompatibilidades y de control de intereses los hechos o las conductas siguientes:
a) El incumplimiento de disposiciones en materia de incompatibilidades, cuando suponga el mantenimiento de una situación incompatible.
b) La falsedad en los datos y en los documentos que se tengan que presentar o declarar.
2. Se consideran infracciones graves:
a) El incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de procedimiento en materia de incompatibilidades, cuando no suponga el mantenimiento de una situación de incompatibilidad.
b) La omisión o la no aportación de los datos y documentos que deban presentarse o aclararse de acuerdo con lo que establecen las leyes y que se hayan requerido a este efecto.
c) La no declaración de actividades o bienes patrimoniales en los registros correspondientes en el plazo establecido cuando, requerida a este efecto, no se produzca la rectificación correspondiente.
d) El incumplimiento del deber de inhibición o de abstención en los casos en que una norma así lo exija.
3. Se considera falta leve la no declaración de actividades o de bienes y derechos patrimoniales en los correspondientes registros, en los plazos establecidos, cuando se subsane tras el requerimiento a tal efecto.
Se modifica el apartado 2.b) por la disposición final 3.2 de la Ley 2/2024, de 11 de abril. BOE-A-2024-8369
Se modifica por la disposición final 1.2 de la Ley 16/2016, de 9 de diciembre. BOE-A-2017-267
Se modifica por la disposición final 2.5 de la Ley 4/2011, de 31 de marzo. BOE-A-2011-7709
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de abril de 2024 En vigor | BOE-A-2024-8369 | Leer | Qué cambió |
| 16 de diciembre de 2016 | BOE-A-2017-267 | Leer | Qué cambió |
| 10 de abril de 2011 | BOE-A-2011-7709 | Leer | Qué cambió |
| 6 de diciembre de 1996 | Texto original | Leer |


