Legislación › Ley 5/1996, de 17 de diciembre, de Carreteras de Cantabria.
Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera.
La normativa técnica básica de interés general, el sistema internacional de señales y la identificación básica de las carreteras regionales se ajustará a lo establecido en la legislación estatal de carreteras.
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