Legislación › Ley 5/1996, de 17 de diciembre, de Carreteras de Cantabria.
Disposición adicional sexta.
Disposición adicional sexta.
El Consejo de Gobierno comunicará a la Asamblea Regional de Cantabria las modificaciones que se introduzcan en el Plan de Carreteras así como las actualizaciones del Catálogo de la Red Autonómica de Carreteras de Cantabria.
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