Legislación › Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores.
Artículo 116. Órganos competentes.
Artículo 116. Órganos competentes.
Son órganos competentes para la iniciación, instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores los que se determinen reglamentariamente.


