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Legislación › Ley 1/1997, de 31 de marzo, de Saneamiento de las Haciendas Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 7.

Artículo 7.

Durante los ejercicios de 1997 y siguientes se incluirá en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma la partida presupuestaria correspondiente para las atenciones derivadas de esta Ley.

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