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Legislación › Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Artículo 6. La Secretaría General.

Artículo 6. La Secretaría General.

Compete a la Secretaría General:

1. El estudio y propuesta de la planificación estratégica de la entidad y de los elementos organizativos de sus servicios, en coordinación con las subdirecciones generales.

2. La comunicación institucional y relaciones externas, así como la asistencia técnica a los miembros del Consejo General.

3. La información y comunicación con los ciudadanos.

4. La programación, ordenación y control de la red de centros de atención e información de la Seguridad Social (CAISS) e instalaciones.

5. La promoción e implantación de procesos de mejora continua en la entidad.

6. La planificación, dirección, ejecución y evaluación de las actividades de control e inspección de los servicios, así como de la gestión de la calidad de estos.

7. La coordinación de las subdirecciones generales.

Se modifica por el art. 2.1 del Real Decreto 1152/2021, de 28 de diciembre. BOE-A-2021-21657

Se modifica el apartado 6 por el art. único.3 del Real Decreto 1010/2017, de 1 de diciembre. BOE-A-2017-15283

Se modifica por el art. único.3 del Real Decreto 449/2012, de 5 de marzo. BOE-A-2012-3158.

Se añaden los apartados 6 a 10 por el art. único.2 del Real Decreto 666/2007, de 25 de mayo. BOE-A-2007-11209.

Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 469/2003, de 25 de abril. BOE-A-2003-9618.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de diciembre de 2021 En vigor BOE-A-2021-21657 Leer Qué cambió
23 de diciembre de 2017 BOE-A-2017-15283 Leer Qué cambió
7 de marzo de 2012 BOE-A-2012-3158 Leer Qué cambió
8 de junio de 2007 BOE-A-2007-11209 Leer Qué cambió
14 de mayo de 2003 BOE-A-2003-9618 Leer Qué cambió
4 de enero de 1997 Texto original Leer

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