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Legislación › Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Artículo 7. Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica.

Artículo 7. Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica.

Esta Subdirección General tiene atribuidas las siguientes competencias:

1. La emisión de informes jurídicos sobre normas y proyectos de ámbito nacional e internacional con incidencia en la entidad, así como la tramitación y la resolución de consultas.

2. La colaboración con el departamento en la elaboración de las disposiciones de la Seguridad Social, y en la formulación de los criterios interpretativos así como el registro y control de legalidad de las disposiciones de carácter interno.

3. La elaboración de proyectos normativos en materia de competencia de la Dirección General.

4. La organización, tramitación y control de los expedientes de responsabilidad patrimonial por el funcionamiento de los servicios del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

5. El apoyo técnico y la colaboración con el departamento en materia de convenios, acuerdos, tratados y organizaciones de ámbito internacional.

6. La gestión y control del Fondo Documental.

Se modifica por el art. único.3 del Real Decreto 449/2012, de 5 de marzo. BOE-A-2012-3158.

Se modifica por el art. único.3 del Real Decreto 469/2003, de 25 de abril. BOE-A-2003-9618.

Se deroga el apartado 1 por la disposición derogatoria única del Real Decreto 947/2001, de 3 de agosto. BOE-A-2001-17026.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de marzo de 2012 En vigor BOE-A-2012-3158 Leer Qué cambió
14 de mayo de 2003 BOE-A-2003-9618 Leer Qué cambió
7 de octubre de 2001 BOE-A-2001-17026 Leer Qué cambió
4 de enero de 1997 Texto original Leer

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