Legislación › Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Artículo 6. La Secretaría General.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de enero de 1997 y la del 14 de mayo de 2003.
Tachado: lo que se quitó (45 palabras). Subrayado: lo que se añadió (36 palabras).
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Artículo 6. La Secretaría General.
Compete a la Secretaría General:
1. El estudio y propuesta de la planificación estratégica de la entidad y de los elementos organizativos de sus servicios, en coordinación con las Subdirecciones Generales. subdirecciones generales.
2. La planificación, dirección, ejecución y evaluación de las actividades de control e inspección de los servicios, así como de la gestión de la calidad de los mismos. éstos.
3. La programación, ordenación y control de la Red gestión de Centros los servicios generales de Atención e Información los servicios centrales de la Seguridad Social (CAISS) e instalaciones. entidad y
4. La planificación, desarrolloevaluación de las políticas su funcionamiento, incluyendo el registro y archivo generales, así como el diseño gráfico del modelaje y la gestión de formación. la imprenta.
5. La comunicación y 4. Las relaciones externas, así como la información y la asistencia técnica a los miembros del Consejo General.
6. La dirección y control del Fondo Documental (FONDOSS). 5. La coordinación de las
7.Subdirecciones Generales. subdirecciones generales.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de diciembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-21657 | Leer | Qué cambió |
| 23 de diciembre de 2017 | BOE-A-2017-15283 | Leer | Qué cambió |
| 7 de marzo de 2012 | BOE-A-2012-3158 | Leer | Qué cambió |
| 8 de junio de 2007 | BOE-A-2007-11209 | Leer | Qué cambió |
| 14 de mayo de 2003 | BOE-A-2003-9618 | Leer | Qué cambió |
| 4 de enero de 1997 | Texto original | Leer |


