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Legislación › Ley 5/1998, de 17 de abril, de Puertos de Cataluña.

Artículo 93. Ámbito y determinación.

Artículo 93. Ámbito y determinación.

Corresponde a Puertos de la Generalidad determinar el precio exigible a los particulares en contraprestación por las actividades económicas portuarias y servicios varios que lleva a cabo a solicitud de estos particulares.

Se modifica por los arts. 53.5 y 53.7 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre. BOE-A-2010-737.

Se modifica por el art. 30 de la Ley 4/2000, de 26 de mayo. BOE-A-2000-11470.

 

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2010 En vigor BOE-A-2010-737 Leer Qué cambió
30 de mayo de 2000 BOE-A-2000-11470 Leer Qué cambió
6 de mayo de 1998 Texto original Leer

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