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Legislación › Ley 2/1998, de 26 de marzo, de Sociedades Cooperativas de Extremadura.

Artículo 103. Situación de insolvencia.

Artículo 103. Situación de insolvencia.

El deber de los Liquidadores de solicitar la declaración de concurso se regulará por la legislación concursal.

Se modifica por la disposición adicional 4.7 de la Ley 8/2006, de 23 de diciembre. BOE-A-2007-1724.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de enero de 2007 En vigor BOE-A-2007-1724 Leer Qué cambió
2 de julio de 1998 Texto original Leer

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