Legislación › Ley 2/1998, de 26 de marzo, de Sociedades Cooperativas de Extremadura.
Artículo 103. Situación de insolvencia.
Artículo 103. Situación de insolvencia.
El deber de los Liquidadores de solicitar la declaración de concurso se regulará por la legislación concursal.
Se modifica por la disposición adicional 4.7 de la Ley 8/2006, de 23 de diciembre. BOE-A-2007-1724.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de enero de 2007 En vigor | BOE-A-2007-1724 | Leer | Qué cambió |
| 2 de julio de 1998 | Texto original | Leer |


