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Legislación › Ley 5/1998, de 14 de mayo, de los Consejos Escolares de Aragón.

Disposición adicional séptima. Asunción por el Consejo Escolar de Aragón de las funciones de los actuales órganos consultivos y de participación en materia de enseñanza.

Disposición adicional séptima. Asunción por el Consejo Escolar de Aragón de las funciones de los actuales órganos consultivos y de participación en materia de enseñanza.

El Consejo Escolar de Aragón asumirá, desde el momento de su constitución, las funciones de los órganos colegiados consultivos y de participación de la Administración autonómica en materia de enseñanza no universitaria, existentes en el momento actual.

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