Legislación › Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público.
Artículo 26. Hecho imponible.
Artículo 26. Hecho imponible.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.d) en la forma indicada por la disposición transitoria 7. BOE-A-2003-13615.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de julio de 2003 En vigor | BOE-A-2003-13615 | Leer | Qué cambió |
| 15 de julio de 1998 | Texto original | Leer |


