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Legislación › Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.

Disposición adicional tercera. Fundaciones culturales.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de junio de 1998 y la del 12 de abril de 2003. Tachado: lo que se quitó (47 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional tercera.
Corresponderá a la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, previo el informe de la de Economía, Hacienda y Administración Pública, proponer al Gobierno Valenciano la aceptación de donaciones, herencias y legados a favor de la Generalitat Valenciana, cuando se refieran a bienes integrantes del patrimonio cultural valenciano. (Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de febrero de 2007 En vigor BOE-A-2007-6119 Leer Qué cambió
12 de abril de 2003 BOE-A-2003-10298 Leer Qué cambió
19 de junio de 1998 Texto original Leer

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