Legislación › Ley 30/1998, de 29 de julio, del Régimen Especial de las Illes Balears.
Artículo 31. Coordinación entre las Administraciones públicas.
Artículo 31. Coordinación entre las Administraciones públicas.
Se creará una Comisión mixta integrada por representantes de la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que deberá elaborar un plan de medidas conjuntas con el fin de coordinar los esfuerzos dirigidos a conseguir la diversificación de la oferta turística y la desestacionalización del sector.


