Legislación › Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para dictar cuantas normas reglamentarias sean precisas para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.
← Disposición derogatoria Índice Disposición final segunda →


