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Legislación › Ley 9/1998, de 22 de julio, sobre prevención, asistencia e inserción social en materia de drogodependencias.

Artículo 27. Órganos de coordinación.

Artículo 27. Órganos de coordinación.

Serán órganos para la coordinación, seguimiento y evaluación de las actuaciones contempladas en la presente Ley y en el Plan Canario sobre Drogas:

a) La Comisión Coordinadora de Atención a las Drogodependencias.

b) Las Comisiones Insulares de Coordinación.

Reglamentariamente se regulará la estructura, funcionamiento y composición de las referidas Comisiones Coordinadoras, debiendo quedar garantizada la participación de los sectores directamente implicados.

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