Legislación › Ley 9/1998, de 22 de julio, sobre prevención, asistencia e inserción social en materia de drogodependencias.
Artículo 27. Órganos de coordinación.
Artículo 27. Órganos de coordinación.
Serán órganos para la coordinación, seguimiento y evaluación de las actuaciones contempladas en la presente Ley y en el Plan Canario sobre Drogas:
a) La Comisión Coordinadora de Atención a las Drogodependencias.
b) Las Comisiones Insulares de Coordinación.
Reglamentariamente se regulará la estructura, funcionamiento y composición de las referidas Comisiones Coordinadoras, debiendo quedar garantizada la participación de los sectores directamente implicados.


