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Ley 9/1998, de 22 de julio, sobre prevención, asistencia e inserción social en materia de drogodependencias.
En vigor Comunidad Autónoma de Canarias · Publicada el 19 de agosto de 1998 · Último cambio el 10 de noviembre de 2014 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Sujetos protegidos.
- TÍTULO I
- Artículo 4. Objetivos generales.
- Artículo 5. Criterios de actuación.
- Artículo 6. Información.
- Artículo 7. Educación para la salud.
- Artículo 8. Formación.
- Artículo 9. Intervención sobre condiciones sociales.
- TÍTULO II
- Artículo 10. Criterios generales.
- Artículo 11. Criterios de actuación.
- Artículo 12. Actuaciones en materia de asistencia e integración social.
- Artículo 13. Derechos de las personas drogodependientes. 2 redacciones · cambió el 08/02/1999
- Artículo 14. Garantía de los derechos de las personas drogodependientes.
- Artículo 15. Red asistencial.
- Artículo 16. Niveles asistenciales.
- Artículo 17. Inserción social.
- Artículo 18. Cooperación con los medios de comunicación social.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO ÚNICO
- Artículo 19. De la publicidad del alcohol y del tabaco. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Artículo 20. Bebidas alcohólicas. 2 redacciones · cambió el 28/07/2000
- Artículo 21. Acceso de menores a locales.
- Artículo 22. Tabaco.
- Artículo 23. Atención a las personas con problemas de alcohol y tabaco.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 24. Naturaleza y características.
- Artículo 25. Contenido del Plan.
- Artículo 26. Elaboración y aprobación del Plan.
- CAPÍTULO II
- Artículo 27. Órganos de coordinación.
- Artículo 28. Fomento de las iniciativas sociales.
- Artículo 29. Funciones de la iniciativa social.
- Artículo 30. Voluntariado.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 31. Competencias del Gobierno de Canarias.
- Artículo 32. Atribuciones del consejero competente en materia de drogodependencias.
- CAPÍTULO II
- Artículo 33. Competencias de las islas.
- Artículo 34. Competencias de los municipios.
- TÍTULO VI
- Artículo 35. Financiación presupuestaria. 2 redacciones · cambió el 09/07/2001
- TÍTULO VII
- Artículo 36. Régimen sancionador.
- Artículo 37. Infracciones. Clasificación.
- Artículo 38. Infracciones. Tipos.
- Artículo 39. Sanciones.
- Artículo 40. Prescripción de las infracciones y de las sanciones.
- Artículo 41. Competencias del régimen sancionador. 2 redacciones · cambió el 30/12/2006
- Disposición adicional primera. Modificación de la Ley de Atención Integral a los Menores.
- Disposición adicional segunda. Modificación de la Ley de Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas.
- Disposición transitoria primera. Plazo para la adaptación del Plan Canario de Drogas.
- Disposición transitoria segunda. Plazo para la aprobación de los Planes Insulares y Municipales sobre Drogas.
- Disposición transitoria tercera. Plazo de constitución de órganos de coordinación.
- Disposición derogatoria. Cláusula general de derogación.
- Disposición final primera. Desarrollo y aplicación de la presente Ley.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]


