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Ley 9/1998, de 22 de julio, sobre prevención, asistencia e inserción social en materia de drogodependencias.

En vigor Comunidad Autónoma de Canarias · Publicada el 19 de agosto de 1998 · Último cambio el 10 de noviembre de 2014 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto de la Ley.
  4. Artículo 2. Definiciones.
  5. Artículo 3. Sujetos protegidos.
  6. TÍTULO I
  7. Artículo 4. Objetivos generales.
  8. Artículo 5. Criterios de actuación.
  9. Artículo 6. Información.
  10. Artículo 7. Educación para la salud.
  11. Artículo 8. Formación.
  12. Artículo 9. Intervención sobre condiciones sociales.
  13. TÍTULO II
  14. Artículo 10. Criterios generales.
  15. Artículo 11. Criterios de actuación.
  16. Artículo 12. Actuaciones en materia de asistencia e integración social.
  17. Artículo 13. Derechos de las personas drogodependientes. 2 redacciones · cambió el 08/02/1999
  18. Artículo 14. Garantía de los derechos de las personas drogodependientes.
  19. Artículo 15. Red asistencial.
  20. Artículo 16. Niveles asistenciales.
  21. Artículo 17. Inserción social.
  22. Artículo 18. Cooperación con los medios de comunicación social.
  23. TÍTULO III
  24. CAPÍTULO ÚNICO
  25. Artículo 19. De la publicidad del alcohol y del tabaco. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
  26. Artículo 20. Bebidas alcohólicas. 2 redacciones · cambió el 28/07/2000
  27. Artículo 21. Acceso de menores a locales.
  28. Artículo 22. Tabaco.
  29. Artículo 23. Atención a las personas con problemas de alcohol y tabaco.
  30. TÍTULO IV
  31. CAPÍTULO I
  32. Artículo 24. Naturaleza y características.
  33. Artículo 25. Contenido del Plan.
  34. Artículo 26. Elaboración y aprobación del Plan.
  35. CAPÍTULO II
  36. Artículo 27. Órganos de coordinación.
  37. Artículo 28. Fomento de las iniciativas sociales.
  38. Artículo 29. Funciones de la iniciativa social.
  39. Artículo 30. Voluntariado.
  40. TÍTULO V
  41. CAPÍTULO I
  42. Artículo 31. Competencias del Gobierno de Canarias.
  43. Artículo 32. Atribuciones del consejero competente en materia de drogodependencias.
  44. CAPÍTULO II
  45. Artículo 33. Competencias de las islas.
  46. Artículo 34. Competencias de los municipios.
  47. TÍTULO VI
  48. Artículo 35. Financiación presupuestaria. 2 redacciones · cambió el 09/07/2001
  49. TÍTULO VII
  50. Artículo 36. Régimen sancionador.
  51. Artículo 37. Infracciones. Clasificación.
  52. Artículo 38. Infracciones. Tipos.
  53. Artículo 39. Sanciones.
  54. Artículo 40. Prescripción de las infracciones y de las sanciones.
  55. Artículo 41. Competencias del régimen sancionador. 2 redacciones · cambió el 30/12/2006
  56. Disposición adicional primera. Modificación de la Ley de Atención Integral a los Menores.
  57. Disposición adicional segunda. Modificación de la Ley de Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas.
  58. Disposición transitoria primera. Plazo para la adaptación del Plan Canario de Drogas.
  59. Disposición transitoria segunda. Plazo para la aprobación de los Planes Insulares y Municipales sobre Drogas.
  60. Disposición transitoria tercera. Plazo de constitución de órganos de coordinación.
  61. Disposición derogatoria. Cláusula general de derogación.
  62. Disposición final primera. Desarrollo y aplicación de la presente Ley.
  63. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  64. [firma]