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Legislación › Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.

Artículo 61. Pago de las sanciones.

Artículo 61. Pago de las sanciones.

1. Para el pago de las sanciones se estará a lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

2. (Derogado).

Se deroga el apartado 2 por la disposición derogatoria única.2 de la Ley 16/2023, de 27 de diciembre. BOE-A-2024-10766

Se modifica por el art. 18.6 de la Ley 6/2013, de 23 de diciembre. BOE-A-2014-3254.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de diciembre de 2023 En vigor BOE-A-2024-10766 Leer Qué cambió
1 de enero de 2014 BOE-A-2014-3254 Leer Qué cambió
17 de julio de 1998 Texto original Leer

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