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Legislación › Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera.

En lo no previsto en la presente Ley se aplicará supletoriamente la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, y cuantas disposiciones se hayan dictado en desarrollo de la misma.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOCM núm. 298, de 16 de diciembre de 1998. BOE-A-1999-13198.

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