Legislación › Real Decreto 1732/1998, de 31 de julio, sobre tasas aplicables por las actividades y servicios prestados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Artículo 23. Base imponible y cuota.
Artículo 23. Base imponible y cuota.
La cuota tributaria correspondiente a esta tasa resulta de la suma de las siguientes:
a) Una cuota fija de 12,02 euros.
b) Una cuota resultante de aplicar a la base imponible, constituida por el número de páginas superior a seis de que conste el certificado de que se trate, el tipo de gravamen de 0,060101 euros por página.
Se convierten a euros las cuantías contempladas en las letras a) y b) por el apartado 7 de la Resolución 2/2001, de 22 de octubre. BOE-A-2001-21036.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de noviembre de 2001 En vigor | BOE-A-2001-21036 | Leer | Qué cambió |
| 1 de octubre de 1998 | Texto original | Leer |


