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Legislación › Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos.

Artículo 156. Cuota.

Artículo 156. Cuota.

1. Inscripción en el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias: 33,05 euros.

2. Inscripción de modificaciones de estatutos: 16,35 euros.

3. Inscripción de adaptación de Estatutos a la Ley Orgánica 1/ 2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación con Modificación de Estatutos: 16,35 euros.

4. Inscripción de identidad de los titulares de la Junta Directiva u órgano de representación: 16,35 euros.

5. Inscripción de apertura y cierre de delegaciones o establecimientos: 16,35 euros.

6. Inscripción de incorporación y separación de asociaciones a federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones: 16,35 euros.

7. Expedición de certificados: 7,11 euros.

8. Expedición de copias auténticas y de notas simples informativas en soporte papel:

Por documento inicial: 3,55 euros.

Por cada página siguiente del documento inicial: 1,77 euros.

9. Expedición de notas simples informativas en soporte informático: Por cada diskette o CD-ROM: 14,28 euros.

Se modifica por el art. 11.14 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre. BOE-A-2005-1922.

Se modifica por el art. 19.11 de la Ley 15/2002, de 27 de diciembre. BOE-A-2003-2905.

Se añade por el art. 8.14 de la Ley 18/1999, de 31 de diciembre. BOE-A-2000-3764.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2005 En vigor BOE-A-2005-1922 Leer Qué cambió
1 de enero de 2003 BOE-A-2003-2905 Leer Qué cambió
1 de enero de 2000 BOE-A-2000-3764 Leer

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