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Legislación › Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos.

Artículo 52 sexto. Hecho imponible.

Artículo 52 sexto. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la inscripción para la participación en las pruebas de conjunto de grado medio o de grado superior para la homologación de la formación de entrenadores regionales y de entrenadores nacionales, de fútbol y de fútbol sala en el Principado de Asturias.

Se añade por el art. 41.8 de la Ley 11/2014, de 29 de diciembre. BOE-A-2015-1764.

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