Legislación › Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos.
Artículo 91 noveno. Tipo de gravamen.
Artículo 91 noveno. Tipo de gravamen.
La tasa se exige de acuerdo con el siguiente tipo: Primera inscripción o renovación del informe de evaluación del edificio: 10,00 euros.
Se añade por el art. 39.2 de la Ley 14/2018, de 28 de diciembre. BOE-A-2019-803


