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Legislación › Ley 9/1997, de 9 de diciembre, de creación del Instituto Cartográfico Valenciano.

Artículo 6.

Artículo 6.

El Consejo Rector dispondrá de las más amplias facultades en la dirección y gestión del Instituto Cartográfico Valenciano, sin perjuicio de las competencias que correspondan a la Dirección del Instituto. Su régimen de constitución, funcionamiento y adopción de acuerdos se ajustará a lo que establece la Ley 40/2015, d’1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Se modifica por el art. 53 de la Ley 21/2017, de 28 de diciembre. BOE-A-2018-1871

Se modifica por el art. 60 de la Ley 14/2005, de 23 de diciembre. BOE-A-2006-2973

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2018 En vigor BOE-A-2018-1871 Leer Qué cambió
1 de enero de 2006 BOE-A-2006-2973 Leer Qué cambió
13 de diciembre de 1997 Texto original Leer

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