Legislación › Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Artículo 69. Influencia notable.
Artículo 69. Influencia notable.
A efectos del artículo 22 de la Ley se entiende por influencia notable la posibilidad de nombrar o destituir a algún miembro del órgano de administración de la entidad aseguradora.
Se modifica por el art. único.4 del Real Decreto 1821/2009, de 27 de noviembre. BOE-A-2009-19673
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de diciembre de 2009 En vigor | BOE-A-2009-19673 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1999 | Texto original | Leer |


