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Legislación › Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Artículo 69. Influencia notable.

Artículo 69. Influencia notable.

A efectos del artículo 22 de la Ley se entiende por influencia notable la posibilidad de nombrar o destituir a algún miembro del órgano de administración de la entidad aseguradora.

Se modifica por el art. único.4 del Real Decreto 1821/2009, de 27 de noviembre. BOE-A-2009-19673

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de diciembre de 2009 En vigor BOE-A-2009-19673 Leer Qué cambió
1 de enero de 1999 Texto original Leer

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