Legislación › Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro.
Artículo 8. Principio de equivalencia nominal.
Artículo 8. Principio de equivalencia nominal.
El importe monetario expresado en euros resultante de la aplicación del tipo de conversión y del redondeo en su caso, es equivalente al importe monetario expresado en pesetas que fue objeto de la conversión.


