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Legislación › Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro.

Artículo 8. Principio de equivalencia nominal.

Artículo 8. Principio de equivalencia nominal.

El importe monetario expresado en euros resultante de la aplicación del tipo de conversión y del redondeo en su caso, es equivalente al importe monetario expresado en pesetas que fue objeto de la conversión.

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